La LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES establece en su art. 18 la obligación del empresario y empresaria de informar a sus trabajadores y trabajadoras sobre los riesgos que puedan afectar a su salud y las medidas preventivas que deben aplicar para evitarlos.

Por otra parte, el trabajador o trabajadora, además de ser el principal interesado o interesada en el mantenimiento de unas adecuadas y óptimas condiciones de seguridad y salud en el trabajo, también tiene una serie de obligaciones como son la autoprotección y colaboración con el empresariado agrícola en la implementación de las medidas preventivas, el uso adecuado de maquinaria, los equipos de trabajo, etc.

Por todo ello, se ha llevado a cabo en nuestras instalaciones el curso sobre prevención de riesgos laborales para la campaña 2020-2021.